LA PENSIÓN ALIMENTICIA EN EL SALVADOR

LA PENSIÓN ALIMENTICIA EN EL SALVADOR

¿Qué es?
La pensión alimenticia en El Salvador, es el derecho que brinda la ley a los hijos, en caso de separación o divorcio de los padres, de recibir recursos económicos necesarios para:
• Alimentos
• Ropa
• Calzado
• Medicinas
• Esparcimiento
• Educación
• Útiles escolares
Por lo regular, se mantiene el derecho a la pensión alimenticia hijos hasta cumplir los 18 años, pero, en caso de estar cursando una carrera universitaria, podrían recibirla hasta cumplir los 21 años.
¿Qué incluyen los alimentos?
Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación, la atención médica y hospitalaria, los gastos para la educación de los menores y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales; la habilitación, rehabilitación y desarrollo en lo posible, cuando se trate de personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdiccion, así como la atención geriátrica por lo que hace a las personas mayores.

¿Quiénes no pueden pedir pensión alimenticia?
Aquellas mujeres que tengan un hijo con un hombre sin mantener una relación de pareja estable o constante no pueden gozar del derecho a una pensión alimenticia.

Pasos para exigir cuota alimenticia a padres irresponsables
En El Salvador, las mujeres pueden demandar una cuota alimenticia en representación de sus hijos menores de edad; siempre y cuando, estos no reciban la ayuda económica suficiente de parte del progenitor. Art.247 Código de Familia.
El trámite se lleva a cabo en la Unidad de Defensa de la Familia, Niñez y Adolescencia de la Procuraduría General de la República (PGR) y tiene un plazo mínimo de 33 y 63 días como máximo para obtener una resolución.

Ver aquí, pasos para demandar por pensión alimenticia.


¿A dónde acudir?
A la Unidad de Defensa de la Familia, Niñez y Adolescencia de la Procuraduría General de la República, en cualquiera de las 17 sedes, pues hay una en cada departamento además de las ubicadas en los municipios de Apopa, Soyapango y Metapán.
¿Cuáles son los requisitos?
–Certificación de Partidas de Nacimiento o partidas de matrimonio.
–Dirección exacta de lugar de trabajo o residencia de la persona a quien se demanda.
–Documento Único de Identidad vigente y fotocopia del mismo.


¿En qué consiste el proceso?
Una vez abierto el expediente, se recibe la asesoría de un abogado de la Unidad de Defensa de la Familia Niñez y Adolescencia, ante la cual se exponen las necesidades y el monto solicitado o pretendido.
Luego se programará una cita para llevar a cabo una audiencia de conciliación entre la demandante y el demandado en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Si las partes logran un acuerdo en la cuota alimenticia, se procede a elaborar un convenio ante el procurador de turno. Este convenio goza de fuerza judicial en caso de incumplimiento.
¿Y si las partes no logran un acuerdo?
La Procuraduría General de la República está facultada para determinar una Resolución Administrativa, que consiste en fijar una cuota alimenticia de manera obligatoria para el demandado.
FORMAS DE PAGO DE LA CUOTA ALIMENTICIA
Orden de Descuento: Se descuenta de manera obligatoria del salario del demandado. 
Depósito: Si el demandado no es empleado, la PGR tiene un convenio con el Banco de Fomento Agropecuario donde el demandado deberá hacer el depósito respectivo y se verificará su cumplimiento mediante la Unidad Control de Fondos de Terceros de la PGR.
Depósito en cuenta Bancaria Particular: Dicho depósito debe ser comprobado.
Al finalizar la fijación de la cuota alimenticia el expediente será guardado por la institución.
La pensión de alimentos no se extingue cuando los hijos cumplan la mayoría de edad, sino que continúa la obligación de pago mientras se estén formando.


Referencias

elsalvador.com. (1999-2017). Pasos para exigir cuota alimentacio a padres.
Lopez, L. V. (2013). Leyes Civiles y de Familia. Lis. 

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